San Andrés Cholula, Pue., 8 de julio de 2025 — El Juzgado Tercero en Materia Penal del Estado de Puebla concedió el primer amparo en contra del artículo 480 del Código Penal del Estado, mejor conocido como la Ley de Ciberasedio, luego de que el abogado César Pineda Zárate interpusiera un recurso legal que fue resuelto a su favor hace cinco días.
La resolución fue emitida por el juez Horacio Óscar Rosete Maldonado durante una audiencia incidental celebrada en San Andrés Cholula. El documento judicial establece de forma clara:
“Se concede la suspensión definitiva solicitada por César Pineda Zárate”.
El artículo impugnado forma parte de las recientes reformas al Código Penal poblano aprobadas el 13 de junio de 2025, que introdujeron nuevas disposiciones para sancionar el ciberasedio, es decir, el envío de mensajes reiterados con presunta intención intimidatoria a través de medios digitales.
Sin embargo, para el jurista, el nuevo marco legal representa una amenaza directa a la libertad de expresión. En entrevista con e-consulta, Zárate calificó el decreto como:
“Una norma vaga, imprecisa y ambigua que puede ser utilizada de manera discrecional por las autoridades”.
El abogado advirtió que la redacción del artículo permite que cualquier mensaje en internet pueda ser interpretado de forma subjetiva como intimidante por parte del receptor, sin requerir un análisis objetivo de su contenido o contexto.
Según Pineda Zárate, este tipo de legislación abre la puerta a abusos de poder, ya que las autoridades podrían sancionar penalmente a cualquier persona que se exprese en redes sociales u otras plataformas digitales, aún si no existe una amenaza real o verificable.
El amparo marca un precedente jurídico importante, al ser el primero en cuestionar la constitucionalidad de las reformas penales aprobadas por el Congreso del Estado bajo el argumento de que violan derechos fundamentales como la libertad de expresión y el debido proceso.
Organizaciones civiles y expertos en derechos digitales han expresado en diversas ocasiones su preocupación por el alcance de esta ley, señalando que puede tener un efecto inhibidor sobre el ejercicio de libertades en el espacio digital.
Por ahora, la suspensión definitiva obtenida por César Pineda Zárate representa una victoria legal individual, pero también sienta las bases para que otros ciudadanos o colectivos puedan impugnar la norma por las mismas razones.
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