Gobierno de la Ciudad acuerda “Ley seca” por comicios ~ Cholula la Bella

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viernes, 31 de mayo de 2019



Con motivo de la jornada electoral extraordinaria 2019 en el estado de Puebla y en concordancia con lo anunciado por la Secretaría General de Gobierno del Estado de Puebla, el Gobierno de la Ciudad declara “Ley Seca”, por lo que se prohíbe la venta, enajenación y consumo de toda clase de bebidas alcohólicas los días uno y dos de junio del año en curso.

Esto, para dar cumplimiento a lo señalado en las leyes y reglamentos inscritos en el artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos, y el artículo 271 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.

El Gobierno de la Ciudad tienen como objetivo resguardar la tranquilidad de las y los ciudadanos durante los comicios, por lo que resulta necesario y procedente prohibir la venta, enajenación y consumo de toda clase de bebidas alcohólicas, el 1 y 2 de junio, de las cero horas a las veinticuatro horas, en los establecimientos que se refieren el artículo 611 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla. Se enlistan a continuación: 

·         Miscelánea o ultramarinos con venta de cerveza y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de 6° gl en envase cerrado;
·         Miscelánea o ultramarinos con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada;
·         Depósito de cerveza;
·         Bodega de abarrotes y bebidas alcohólicas en botella cerrada;
·         Baños públicos con venta de cerveza en botella abierta;
·         Billares con venta de cerveza en botella abierta;
·         Pulquería;
·         Vinatería;
·         Boliche con venta de cerveza y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de 6º gl en envase abierto;
·         Centro botanero;
·         Restaurante bar;
·         Salón social con venta de bebidas alcohólicas;
·         Hotel, Motel, Auto hotel y hostal con servicio de restaurante bar;
·         Clubes de servicio, sociales y/o deportivos;
·         Destilación, envasadora y bodega de bebidas alcohólicas;
·         Tienda de autoservicio o departamental con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada;
·         Bar;
·         Discoteca;
·         Cabaret;
·         Venta de alimentos en general con venta de cerveza en botella abierta;
·         Salón de espectáculos públicos con venta de bebidas alcohólicas; y
·         Centro de entretenimiento con venta de alimentos y bebidas alcohólicas.

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